Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA; PRIMERO: Procedente en derecho la solicitud de AUXILIO JUIDICIAL, por ende Con Lugar la pretensión de la solicitante, ciudadana: ROSANGELINA SIRIT HERNANDEZ, venezolana, de 54 años de edad, licenciada en bioanalisis, titular de la cedula de identidad numero V.-4.639.463, con domicilio en la avenida Libertador, conjunto residencial Apamates Plaza casa Nº 64 de esta ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda Estado Falcón, debidamente asistida por los abogados TAREK ALEJANDRO SIRIT CUARTIN Y NINO MANUEL GOMEZ RUIZ, ya identificados, a tenor de lo pautado en los artículos 402 y 403 del Código Orgánico Procesal Penal, siendo un delito de acción privada de los establecidos en el Capitulo Capítulo.....