este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA de los antes identificados ciudadanos, a quienes este tribunal en razón de que no consta en actas que tengan defensor les ACORDO designarle un defensor Publico Penal de Presos, recayendo tal designación en la persona de la defensora Publica primero Penal de este mismo Circuito Judicial Penal, a quien a tal efecto le fue librada la notificación . En consecuencia librese Boletas de Libertad y remítase las mismas a la Comandancia General de Policía de esta ciudad de Coro, así mismo boletas de notificación a las partes, remítase las presentes actuaciones a la representación fiscal competente para la prosecución de las investigaciones pertinentes. Cúmplase
EL JUEZ QUINTO DE CONTROL
ABG. ALFREDO CAMPOS LOAIZA
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