Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del Ciudadano AGUSTÍN RAFAEL ROJAS DURAN, venezolano, mayor de edad, no porta Cédula de identidad y domiciliado en la Localidad de Boca de Aroa sector las Delicias, calle La Rosaleda, Casa Sin Número, Municipio Silva del Estado Falcón por la comisión del delito de Distribución de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto en el artículo 34 de la Ley que rige la materia, y de conformidad con los dispositivos técnicos legales 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. Quedan notificadas las partes de la presente decisión por encontrarse presentes. Remítanse con Oficio las Presentes actuaciones a la Fiscalía Séptima del Ministerio Público del Estado Falcón en su debida oportunidad. Cúmplase.
El JUEZ QUINTO DE CONTROL
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