Por todo lo antes expuestos este Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control con Sede en Santa Ana de Coro, Estado Falcón en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que la Ley le Confiere DECRETA: PRIMERO: Se revisa la Medida Privativa de Libertad y en consecuencia se declara CON LUGAR la revisión de la Medida judicial Privativa de Libertad, para los ciudadanos DIEGO ALEXANDER JOSE FERRER, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.682.149, nacido en Maracaibo Estado Zulia, en fecha 19-03-1988, de 25 años de edad, casado, de ocupación labores del campo, domiciliado en Calle Norte, con calle La Fe, casa sin numero, Maracaibo Estado Zulia y ANGELO FERRER FERRER, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 25.783.377, nacido en Casigua Estado Falcón, Municipio Mauroa, fecha de nacimiento 24-08-1992, de 20 años de edad, soltero de ocupación labor del campo, domiciliado en Casigua Estado Falcón, Municipio Mauroa. SEGUNDO: Se impone.....