Este Tribunal de Primera Instancia en Función de Quinto de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA: PRIMERO: Lo solicitado por el Defensor Privado CRUZ ALEJANDRO GRATEROL, por lo cual se autoriza al Ciudadano MIGUEL JORGE TABAN SUZ, se venezolano, mayor de edad, casado, comerciante, titular de la cédula de identidad N° 10.705.132 y estar domiciliado en la calle Libertad, esquina Callejón Mi Cabaña, Quinta Antonia; a trasladarse a la Isla de Curazao los días 18/12/03 hasta el día 22/12/03, quien una vez regrese deberá presentarse por ante este Tribunal. SEGUNDO: Ofíciese a la Fiscalia Primera para que gestione las diligencias necesarias y pertinentes a los efectos de que requiera la práctica de experticia de los vehículos retenidos. Líbrense las correspondientes boletas de notificaciones a las fiscal Primero del Ministerio Público, al Defensor Privado CRUZ ALEJANDRO GRATEROL y al imputado MIGUEL JORGE TABAN. .....