este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE, PRIMERO: en virtud de que se encuentra acreditado que el ciudadano VICTOR EDUARDO DIAZ ROJAS, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.-16.440.432, mantiene dos solicitudes por el Estado Trujillo y dos por el Estado Lara, siendo que del estado Lara se le decretó Libertad Plena el 6 de agosto de 2009, donde cumplió condena desde el año 2006, específicamente requerido por el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de Barquisimeto, Estado Lara, y por el Juzgado Cuarto de Control del referido Estado, según expediente Nro. KP01-P-2007-001307 de fecha 21-06-2007 y según expediente Nro. C-12-483-06 el cual guarda relación con el expediente Nro. H.-025.711 de fecha 3-06-06 por el delito de Homicidio Intencional; y siendo el hecho ejecutado corresponde a la competencia Territorial del.....