Como colofón de lo anterior, lo procedente y ajustado a derecho este Tribunal Segundo de Juicio Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; declara SIN LUGAR la solicitud interpuesta por la abogada CARMARIS ROMERO, en su carácter de Defensora Pública del ciudadano JAIRO JOSE SANGRONIS SANGRONIS, ello en virtud de que los delitos sobre el tráfico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas son catalogados como de lesa humanidad, pluriofensivo e imprescriptible, conforme al artículo 29 y 271 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela y a la Jurisprudencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en consecuencia excluidos de cualquier tipo de beneficio o medida procesal. Así se decide.
LA JUEZA SEGUNDO DE JUICIO
DRA. EVELYN PEREZ LEMOINE
LA SECRETARIA
ABG. MAYSBEL MARTINEZ