Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se CONDENA a ORLANDO ANTONIO PAZ CASTILLO, venezolano, V-7.163.652, de edad, de 53 años de edad, nació el 4/02/1960, estado civil viudo, mecánico, residenciado Puerto Cumarebo, caserio Quebrada de Ure, calle 14, teléfono 04125035278, por aplicación del procedimiento por admisión de los hechos a cumplir la pena de TRES (3) AÑOS DE PRISIÓN por la comisión del delito de PORTE ILÌCITO DE ARMA DE FUEGO Y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previstos y sancionados en el artículo 277 y 470 del Código Penal en perjuicio del Estado Venezolano. Igualmente se condena al acusado a las penas accesorias previstas y sancionadas en el artículo 16 del Código Penal. SE.....