este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO Admitida como ha sido la acusación presentada por la Representación Fiscal contra el ciudadano JESUS REINALDO DIAZ
por el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, así como los medios probatorios promovidos por la Fiscalía Primera del Ministerio Público, en su oportunidad legal, por último de la calificación jurídica imputada, por aplicación del procedimiento por admisión de los hechos CONDENA al ciudadano JESUS REINALDO DIAZ, portador de la cedula de identidad 14.795.683, de estado civil soltero, de ocupación comerciante, residenciado en Urb. Santa María, calle 6, casa Nº 10, Coro, Estado Falcón; por el delito de Hurto Calificado previsto y sancionado en el artículo 453.....