Este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se CONDENA a JHOJANDER JOSE VILLABONA CHIRINOS, titular de la cédula de identidad Nº V.- 21.114.915, venezolano, natural de esta Ciudad de Coro, Domiciliado en el Parcelamiento Cruz Verde, Calle Benedicto García casa S/N, de la Ciudad de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, por aplicación del procedimiento por admisión de los hechos a cumplir la pena de CINCO (5) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, en la modalidad de OCULTACIÒN AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Droga en concordancia con el artículo 163.7 eiusdem, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, ello de conformidad con lo previsto en el artículo .....