Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se CONDENA a GABRIEL SANCHEZ VENTURA, titular de la cédula de identidad N° 21.667.806, venezolano, de 28 años de edad, nacido en fecha 7-08-1985 de profesión Albañil, y natural de esta Ciudad Coro Estado Falcón, residenciado La Vela Municipio Colina Sector Colombia Sur, calle 10 callejón Guadalupana, casa Nro 3, a mano izquierda por la comisión del delito de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR CON CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 numerales 1, 2, 3 de la Ley sobre el Robo y Hurto de Vehículo y PORTE ILICITO DE ARMAS DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal en perjuicio de los ciudadanos JOSE JAVIER JIMENE.....