En vista de las motivaciones precedentemente señaladas, este Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y medidas del Circuito Judicial penal del Estado Falcón, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Niega la concesión del beneficio de Libertad Condicional al penado FRANCISCO JAVIER GONZALEZ, venezolano, mayor de edad , soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 14.397.746, actualmente recluido en la Carcel Nacional de Maracaibo; por cuanto no se encuentran llenos los extremos exigidos en el artículo 488 del Código orgánico procesal penal publicado en Gaceta Oficial N° 5.208 de fecha 23 de Enero de 1.998. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 553 de nuestra vigente Ley Adjetiva Penal, en concordancia con el artículo 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 2 del Código Penal vigente, artículo 479, ordinal 1° del Código Orgánico procesal Penal y artículo 488 del Código orgánico.....