este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a sus atribuciones y competencias previstas en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, del ciudadano PEDRO ELY REYES HEYLINGER, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V.-20.682.234, sentenciado a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISION, mas las penas accesorias previstas en el articulo 16 del Código Penal, y multa de UN MIL QUINIENTOS BOLIVARES FUERTES (1.500 bsf.) por la comisión de los delitos de ASOCIACIÓN ILICITA PARA DELINQUIR, CONCUSIÓN, PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LIBERTAD y LESIONES INTENCIONALES LEVES, previstos y sancionados en los artículos 6 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada en concorda.....