Por todo los razonamientos expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÓN, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA APREHENSIÓN JUDICIAL AL PENADO: MIGUEL ANGEL NOGUERA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 14.304.861, a quién le fuera concedido el Beneficio de Régimen Abierto en fecha: 01-11-05, el cual debía cumplir en el Centro de Tratamiento Comunitario Dr. Angel Grisanti Franchesqui ubicado en la Avenida las Acacias, Valencia Estado Carabobo, penal mediante auto de fecha 09 de Diciembre de 2005, y que una vez aprehendido sea traido y puesto a la Orden de este Tribunal para que sea oído en audiencia con todas las garantías establecidas en el artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, conforme a lo previsto al artículo 483, ejusdem. Líbrese la boleta correspondiente y remítase a las autoridades per.....