Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia, Penal del Circuito Judicial Penal, con sede en Santa Ana de Coro, en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA, la Formula alternativa de Cumplimiento de Pena, de Destacamento de Trabajo, al Penado CARLOS ALFREDO VELAZQUEZ BRACHO, Venezolano, soltero, titular de la cedula de identidad N° 17.520.381, Domiciliado en la calle Churuguara, entre callejón Mara y Sucre, casa N° 35, Coro Estado Falcón, Condenado por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO EN GRADO DE TENTATIVA, previstos y sancionados en los artículos 458 y 277 en relación al 80 del Código Penal vigente, con el agravante del Articulo 217 de la Ley Orgánica para la protección del Menor y el Adolescente, A CUMPLIR LA PENA DE CUATRO (4) AÑOS, CINCO (5) MESES Y VEINTE (20) DIAS DE PRISIÓN, mas las acce.....