este Tribunal Segundo de Primera Instancia, Penal del Circuito Judicial Penal, con sede en Santa Ana de Coro, en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA, el otorgamiento del beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la pena, al Penado WILMER ANTONIO GARCIA GONZALEZ, titular de la cédula de identidad 16729149, soltero, de ocupación: ayudante de Latonería, natural de Maracaibo, barrio Sobre La misma Tierra, calle 107, casa Nº 52-03, Maracaibo, estado Zulia, hijo de Maritza González y Jairo García; a cumplir la Pena de TRES (3) AÑOS Y SEIS (6) MESES DE PRISION, más las accesorias de ley contempladas en el artículo 16 de la norma sustantiva penal; por la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto en el segundo aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancia.....