En consideración de los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PRIMERO: Efectuada la acumulación de las causas penales IPO1-P-2006-000114 y KL01-X-2012-000001, seguidas al ciudadano WILLIAN JOSÉ DUDAMEL, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V.-19.779.393, por lo que el tiempo de pena a cumplir es de OCHO (08) AÑOS ONCE (11) MESES VEINTE (20) DIAS, mas las penas accesorias previstas en el articulo 16 del Código Penal, en consecuencia se ordena la acumulación por el Sistema Juris 2000, a los fines de que se lleve un solo asunto penal. SEGUNDO: Se declara actualizado el cómputo de cumplimiento de pena del penado WILLIAN JOSÉ DUDAMEL, venezolano, titular de la cédula de identidad .....