Este JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL CON RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DE CORO ESTADO FALCÓN ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECRETA: Con lugar la Solicitud de la Representación Fiscal y se Decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO por de conformidad con el artículo 561 LITERAL "D" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en la causa seguida a el Adolescente MIGUEL ANGEL GARCIA MORALES nacido en fecha 19-10-1991, de cedula de Identidad Nº V.-21.102.491, venezolano, de 16 años de edad, soltero, de profesión indefinido, domiciliado La Urbanización La Velita, bloque 2 apartamento 01-06 de esta ciudad de coro, del estado Falcón., delito LESIONES PERSONALES, previsto en el articulo 413 del Código Penal Vigente en perjuicio de ALLAMARI CONSUELO SANCHEZ RAMIREZ,. Así mismo observa quien aquí decide que el hecho fue cometido en fecha 15-09-2008. En consecuencia Regístrese Publíquese Notifíquese a las p.....