ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DE RESPONSABILIDAD PENAL ADOLESCENTES, Decreta a la adolescente MAIKELIS SALAS CHIRINOS, venezolana de 15 años de edad de estado civil soltera, Estudiante, fecha de nacimiento 11-03-1997 , titular de la cedula de identidad N: 27.420.236, residenciada en la Urb. Velita II, Vereda N: 56, Casa N: 77 la Medida Cautelar de conformidad a lo previsto en el artículo 413 Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, presentación cada 30 días, DELITOS CONTRA LAS PERSONAS, establecido en el Código Penal Vigente. Se decreta el procedimiento ordinario. . Así se decide. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Remítase estas actuaciones a la Fiscalia 11° del Ministerio Publico del estado Falcón. Publíquese, Regístrese y déjese copia de la presente. Dada firmada y sellada en la Sede del Tribunal Segundo de Control Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, con sede en la ciudad de Coro. CUMPLASE.