Por cuanto este tribunal recibió en la presente fecha escrito de la Fiscalia Superior del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Falco, en razón a que este Tribunal en fecha 27-03 - 2015 dictó MEDIDA DE PROTECCION en beneficio de la ciudadana MARLENI MARGARITA NAVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 9.930286 con domicilio en el SECTOR LOS PEDROS, CASA S/N, PARROQUIA CASIGUA, MUNICIPIO MENEMAUROA, ESTADO FALCÓN, quien funge como VICTIMA en investigación penal seguida por la Fiscalia Undécima del Ministerio Publico bajo la nomenclatura N°: MP-129313-2015, en el cual ordenó RECORRIDO POLICIAL O PATRULLAJE POLICIAL, por un lapso de TRES (03) MESES, la cual fue cumplida en la dirección aportada por esta y señalada por la Fiscalía del Ministerio Público Sector LOS PEDROS, CASA S/N, PARROQUIA CASIGUA, MUNICIPIO MENEMAUROA, ESTADO FALCÓN, comisionándose al Supervisor JHONATAN PEÑA, cedula de identidad N° V.- 13.723.470, adscrito al CENTRO.....