DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
Único: Conforme a lo dispuesto en el artículo 256 ordinales 3 del Código Orgánico Procesal Penal, decreta la medida Cautelares Sustitutivas de Libertad al ciudadano ABDALA HASAN ABDELAZIZ JALAL, venezolano por naturalización, natural de Palestina, nacido en fecha 23/06/1947, de 63 años de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 20.553.419, de estado civil casado, profesión u oficio comerciante, residenciado en Puerta maraven, Urbanización Manaure, calle riera, casa 7, Punto Fijo Estado Falcón, consistente dicha medida en la obligación de presentarse cada 30 días por ante este Tribunal, a quienes se le atribuye la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES CULPOSAS previsto en el artículo 420 numeral 2° de.....