Por todo lo antes expuesto éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano: PEDRO PABLO LEAL, titular de la cédula de identidad N°V- 15.311.457, de 31 años de edad, nacido en fecha 09-06-1975, de profesión PELUQUERO, hijo de NERIA GONZALEZ Y PEDRO PABLO LEAL, domiciliado en EL SECTOR ANTIGUO AEROPUERTO, CALLE PRINCIPAL, CASA S/N DE COLOR AZUL Y REJAS BLANCAS, CERCA DE LA PANADERIA MIGUEL; PUNTO FIJO, ESTADO FALCÓN; por la presunta comisión del delito de Hurto Simple en grado de Frustración, previsto y sancionado en el artículo 451 concatenado con el artículo 80 segundo aparte todos del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la ciudadana Alexandra Tremont Mavo. Por encontrarse llenos los extremos de los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda la aplicación d.....