Por todo lo anteriormente expuesto es que éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con Sede en ésta ciudad de Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, en el presente asunto seguido por ante éste Tribunal, signado con el número IP11-S-2003-002068, a favor del ciudadano:JOSÉ ANTONIO HERNÁNDEZ SEMECO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.613.483, residenciado en la vía Principal de Barunú, Parroquia Adaure, Publo Nuevo, Municipio Falcón, todo ello en atención a lo pautado en el numeral Cuarto del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud del Sobreseimiento decretado, se Ordena la Libertad Plena del imputado y el cese de todas las medidas cautelares sustitutivas de libertad impuestas Y Así se Decide. Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes del Presente Pronunciamiento. Dada,.....