es por lo que éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Decreta la Privación Preventiva Judicial de Libertad en contra del imputado: ALEJANDRO GIOVANNY GIL RIÓS, ( " El Leche" ) venezolano, titular de la cédula de identidad número V-15.980.280, de 21 años de edad, de profesión u oficio, obrero, nacido en fecha 12-12-83, y residenciado en la Calle 06, Casa N°. 07 Barrio Ezequiel Zamora, Punto Fijo Estado Falcón, por haber actuado el hoy imputado, con alevosía, a traición y sobre seguro en el delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 408, ordinal 1° del Código Penal, en perjuicio de RONALD JOSÉ RODRIGUEZ SEMECO, (Occiso). Se decreta el Procedimiento Ordinario, todo de conformidad a lo previsto en los artículo 250, 251, 254 y 373 del Código orgánico Procesal Penal, se ordena la Remisión del Asunto a.....