En consecuena, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, analizadas como en efecto han sido las actas policiales que acompañan la presente solicitud, acuerda Decretar la Libertad de conformidad con el artículo 44 Ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a favor del Ciudadano, WILLIAN RAFAEL GARDERO HERNÁNDEZ, venezolano, de 18 años de edad, soltero, comerciante, titular de la Cédula de Identidad N° 18.699.531, nacido en fecha 23-05-1987, natural y residenciado en Las Piedras, Calle Valencia, Casa S/N, Punto Fijo, Estado Falcón.
Remítase el presente asunto a la Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Público. Se decreta el procedimiento Ordinario. Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad dirigida a la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, a favor de.....