DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
Único: Conforme a lo dispuesto en el artículo 44.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ante la privación ilegitima de libertad constatada, decreta la libertad plena del ciudadano, JORGE ELIEZER POLO GARCIA, Colombiano, nacido en fecha: 22/02/1967, de 42 años de edad, estado civil: casado, titular de la cédula de identidad Nº, no se lo sabe, numero de pasaporte 72.303.132, de oficio albañil, domiciliado en creolandia, calle bolívar, casa sin numero, diagonal a la central de taxi, Estado Falcón y DOUGLAS DARIO RIVERO TORRES, venezolano, natural de Churuguara, Estado Falcón, nacido en fecha: 07/01/1978, de 31 años de edad, estado civil: casado, titular de la cédula de identidad Nº 41.801.786, de.....