DISPOSITIVA
Con fundamento en la razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve: a tenor de lo pautado en el artículo 318 numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, en la cual aparece como Imputado POR IDENTIFICAR, por la presunta comisión del delito Robo Agravado de Vehículo Automotor, previsto y sancionado en el artículo 5 y 6 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehiculo Automotor, en perjuicio del ciudadano YEPEZ CARLOS RAMON, venezolano, mayor de edad, Titular de Cedula de Identidad Nº 2.817.369, residenciado en: Urbanización Jorge Hernández, sector 02, calle 03, vereda 05, casa Nº 11, Estado Falcón. Dada, firmada y publicada la presente sentencia en la sede de este Juzgado Tercero de Primera Instancia Pe.....