En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Tercero de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Punto Fijo, DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD CONTRA LOS IMPUTADOS CIUDADANOS: DANIEL JOSE CORNODO, TITULAR DE CÉDULA DE IDNEITDAD Nº 15.141.523, residenciado en el Barrio Andrés Eloy Blanco, Calle Chile entre Uruguay y Porlamar, Casa Nº 25 en Punto Fijo del Estado Falcó y al ciudadano: WILLIAN MIGUEL ADRIANZA BLANCO, titular de la cedula de identidad Nº 17. 310.327 y residenciado en Calle Arismendi, entre Brasil y Bolívar Casa Nº 94 en Punto Fijo del Estado Falcón, por la presunta comisión del DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 en su ordinal 1° del Código Penal, en perjuicio de la victima (0CCISO) RAYMI ADRIAN LEAL GARCÉS Todo de conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 251.....