Por todo lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Conforme a lo dispuesto en el artículo 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad a la ciudadana YOSLEIDI JOSEFINA ROSENDO RAMIREZ , por lo cual se le solicito se identificará, dijo ser y llamarse como queda escrito, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 25.402.697, estudiante, hijo Yoleida Ramírez y de Noe Rosendo, de 19 años de edad, nacido en fecha: 04-01-1991, soltera, grado de instrucción: bachiller, residenciado en: Barrio Andrés Eloy Blanco, calle nueva, entre democracia y Carnevali, teléfono 04146091334, por la presunta comisión del Delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el segun.....