Este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Resuelve, PRIMERO: se declara con lugar la solicitud planteada por la representación fiscal, se decreta contra al ciudadano JAIRO DAVID DIAZ VENTURA, de nacionalidad venezolana, natural de Punto Fijo, Estado Falcón, titular de la cédula de identidad Nº 26.058.910, de 18 años de edad, fecha de nacimiento 21//08/95, estado civil soltero, de ocupación estudiante, domiciliado en calle Páez No 41, punta cardón, estudia 3 año de bachillerato en el Lic. Alejandro Petión, la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, establecida en el ordinal 3 del Artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentaciones cada 8 días por ante el Tribunal y las medidas establecidas en el artículo 87, ordinales 3 y 5, de la ley especial, referidas a la prohibición de acercarse a la victima, la prohibición de realizar.....