En consecuencia, ACUERDA sustituir la medida de privación de libertad impuesta al acusado CARLOS ALFREDO ARIAS, identificado en el asunto IK11-P2001-000005 y en su lugar cambiarla por Arresto Domiciliario, el cual deberá cumplir en la siguiente dirección: Calle Aragua No.22, Sector Tropicana de la Ciudad de Punto Fijo. Estado Falcón, donde deberá permanecer hasta la definitiva realización del correspondiente juicio. Dicha decisión se toma de conformidad con lo dispuesto el los articulos 26 y 49, ord.3ro de la Constitución Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el art. 264 y 256 ord.1ro del Código Orgánico Procesal Penal. NotifÍquese y oficiese lo procedente.
La Juez Segundo de Juicio
Abog. Nerida Castillo
La Secretaria
Rita Cáceres.