Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, y del Tránsito de la Circunscripción judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: INADMISIBLE, la presente demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, presentada por la ciudadana MARGOT COROMOTO CAMACHO RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 13.028.551, domiciliada en esta ciudad de Santa Ana de Coro, en la calle Rómulo Gallegos entre calles 6 y Principal, casa No. 12-2 del Sector San José, Parroquia San Gabriel, Municipio Miranda del estado Falcón, debidamente asistida por la ciudadana Abg. GLEIMI COLINA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 285.442, en contra de la ciudadana FLORIMAR DEL VALLE PEREZ LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.702.923, domiciliada en esta ciudad de Santa Ana de Coro, Sector San.....