DISPOSITIVA. Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con Sede en Punto Fijo, Administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DISCIERNE, el cargo de CURADOR AD-HOC, en la persona de la ciudadana BETTY ARIAS LARA titular de la cedula de identidad Nro 12.786.407, a fin de que lo ejerza sobre la ADOLESCENTE (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA). Expídase por secretaria copias certificadas por triplicado del presente discernimiento y entréguese a la parte interesada, a los fines de su publicación en la prensa y en su protocolización en la oficina de Registro Subalterno.- Publíquese y Regístrese. Dada, firmada y sellada en el despacho de la Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adoles.....