... En mérito de las situaciones de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal, impartiendo justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Inadmisible la solicitud de ejecución de Providencia Administrativa presentada ante este Tribunal por la Sub-Gerencia de INSOPESCA FALCÓN.
SEGUNDO: Notifíquese mediante boleta al solicitante de la presente decisión.
Publíquese y Regístrese.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. En Punto Fijo, al día Primero (01) de Agosto de Dos Mil Once (2011). Años 201 de la Independencia y 152 de la Federación.
El Juez Titular,
Abog. Camilo Hurtado Lores.
La Secretaria Accidental,
Abog. Sonia González de Medina.
CHL/hjt.-
Exp: 8633.