En consecuencia este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Verificados como ha sido el cumplimiento de las condiciones impuestas por este Tribunal al imputado en el presente asunto SE DECRETA a favor del ciudadano FRANCISCO JOSE ROSENDO MEDINA, de nacionalidad venezolano, natural de coro, Estado Falcón, de 45 años de edad, nacido en fecha 21/08/69, casado, de profesión u oficio coordinador de organismo oficial de hidrofalcon, urbanización tomas manzano, calle 1, numero 90, frente al parque ferial en la avenida independencia, teléfono 0424-650-0395, coro, Estado Falcón, cedula de identidad 9.926.527, EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, por la comisión del delito de HURTO SIMPLE previsto y sancionado en el artículo 451 del código penal, por el cumplimiento de condiciones establecido.....