declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio hecha por los ciudadanos AURA FRANCISCA ARIAS CAMPOS Y RAMÓN CHIRINOS, Venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad Nros 5.294.114 y 3.895.764, respectivamente y consecuencia queda DISUELTO el vinculo matrimonial que los une contraído por ellos en fecha 09 de Mayo de 1970, por ante la Prefectura del Municipio Zamora del Estado Falcón.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dado firmado y sellado, en la Sala del despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Santa Ana de Coro, a los 03 días del mes de Mayo del año dos mil Seis (2006). Años: 196 de la Independencia y 147 de la Federación. (Grisel Sangronis).-