todo lo antes expuesto, este Tribunal de Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley condena al ciudadano: WILLIANS JOSE CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-10.704.389, a cumplir la Pena de Doce (12) años de Presidio por haber admitido los hechos por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal venezolano vigente para la época, en perjuicio de HILARIO RAMON HOMICIDIO. Asimismo se condena a las penas accesorias previstas en el Artículo 13 del Código Penal Venezolano, vale decir, a la interdicción civil durante el tiempo de la pena; la inhabilitación política durante el tiempo de la pena y a la sujeción a la vigilancia de la Primera Autoridad por una cuarta parte del tiempo de la condena, terminada esta. Y por último se le exonera al pago de las costas, por la circunstancia de que la investigación se rea.....