Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela:
PRIMERO: AUTORIZA el traslado interpenal del penado EDUARDO JOSE RIERA, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-19.252.790, de profesión u oficio Obrero, residenciado en Calle Progreso entre Federación y Silva, de esta ciudad de Coro, Estado Falcón, hijo de Marilin Riera y Francisco Álvarez, condenado a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en los Artículos 458 y 277 del Código Penal, desde el CENTRO PENITENCIARIO DE OCCIDENTE DEL ESTADO TACHIRA hasta la COMUNIDAD PENITENCIARIA DE CORO, de conformidad con el artículo 486 del Código Orgánico Procesal Penal.