...Probado como ha sido lo alegado y vista la obviedad del error denunciado que no amerita la tramitación de un juicio de rectificación de partida, este Tribunal, de conformidad con el artículo 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, impartiendo justicia en Nombre de la República por Autoridad de la Ley, ordena en forma SUMARIA, al ciudadano Registrador Principal del Estado Falcón y al ciudadano Jefe Civil de la Parroquia Buenavista, Municipio Falcón del Estado Falcón, hacer la debida nota marginal en el acta de nacimiento del ciudadano ALBERTO CAYETANO HERNANDEZ BRACHO, previamente determinada, a fin de que se escriba correctamente el apellido de la madre, así: Donde dice: "DOLORES GAVILLA, debe decir: DOLORES BRACHO, y donde se señala la fecha de nacimiento del solicitante, como: 16 de Septiembre de l.924, debe decir: 07 de Agosto de 1.923. Así se decide. Expídanse por secretaría las copias certificadas de la presente decisión que fuere menester a los interesados y envíense las .....