Por las razones antes expuestas este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el Archivo del presente asunto, seguido contra del ciudadano MIGUEL ANGEL GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad N° 11.804.068, de ocupación comerciante, domiciliado en Barrio Concordia, Calle Virginia GIL de Hermoso Calle Duvisi, Casa N° 07, diagonal a la Bodega Primero de Diciembre, de esta Ciudad de Coro y cesa la condición de imputado del precitado ciudadano así como las medidas cautelares sustitutivas de Libertad que les fueron impuestas, de conformidad con lo previsto en los artículos 1º y 314, todos del Código Orgánico Procesal. Notifíquese de la presente Decisión al Imputado, al Defensor Público Quinto Penal del Estado Falcón, a la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, haciéndole saber al Ministerio Público que deberá env.....