este Tribunal Primero de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE la acusación presentada por Fiscalía Primera del Ministerio Público, en contra del acusado: RIVERO OJEDA ERVINSON ISAID titular de la cédula de identidad Nº 24.358.731, Venezolano, de 24 años de edad nacido en fecha 29/09/1990, soltero de profesión u oficio indefinido, residenciado en El Yabo, Urbanización Anastasia de Peron, casas invadidas S/N° la Vela de Coro, estado Falcón, N° tlf. 0416-1688792, por la presunta comisión del delito de ADULTERACION DE SUSTANCIAS, previstos y sancionados en el artículo 365 del Código Penal Venezolano