En consecuencia este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Resuelve, PRIMERO: Se declara sin lugar la solicitud hecha por la representación del Ministerio Público; en consecuencia se decreta al ciudadano: JOSE GREGORIO FIGUEROA, de nacionalidad venezolano, natural de punto Fijo, Estado Falcón, de 18 años de edad, nacido en fecha 10/03/97, soltero, de profesión u oficio pintor, sector Andrés Eloy blanco calle Perú con ramón Ruiz Polanco, casa sin numero, de bloques, a dos cuadras de la bomba, teléfono 0416-868-6217, Punto Fijo, Estado Falcón, LA LIBERTAD PLENA sin restricciones, por la presunta colisión del delito de DAÑOS A LA PROPIEDAD, previsto y sancionado en los artículos 473 código penal. SEGUNDO: Se decreta la flagrancia de conformidad con lo previsto en el artículo 234 y sea tramitada la causa por el procedimiento Ordinario. TERCERO: La publica.....