Este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Resuelve, Primero: Se admite TOTALMENTE la acusación interpuesta por el la Fiscalia Primera del Ministerio Público en contra de los acusados LUIS ARTURO ROJAS, BIAGGIO HERNÁNDEZ, por el delito de de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORES, previsto en el articulo 458 del Código Penal, en relación del articulo 83 Ejusdem, y en relación al ciudadano JOSÉ AGUSTÍN CORTEZ HERRERA, el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICE NO NECESARIO previsto en el articulo 458 del Código Penal, en relación del articulo 84 Ejusdem, y el delito para todos los ciudadanos de POSESION DE ARMA DE FUEGO previsto en el articulo 111 de la Ley para el Desarme, en perjuicio de los ciudadanos ROMERO YOSCALIS, CAROLINA URBINA y el ESTADO VENEZOLANO. Segundo: Se admiten todas por ser legales, lícitas, pertinentes y necesarias las prue.....