éste Tribunal de Primero de Mediación y Sustanciación, del Circuito de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA suficientemente a la ciudadana ABIGAIL CAROLINA BAPTISTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.623.061, quien actúa en nombre y representación de sus hermanos los adolescentes JENNIFER CAROLIAN, AMALIA ANGÉLICA y ARGENIS JOSÉ BAPTISTA BAPTISTA, para que proceda a tramitar el cobro de todas sus acreencias por ante cualquier otra institución, sea ésta pública o privada y otros beneficios que les corresponda a los adolescentes JENNIFER CAROLIAN, AMALIA ANGÉLICA y ARGENIS JOSÉ BAPTISTA BAPTISTA, como herederos de su fallecida madre, ciudadana YGNACIA DE LA CRUZ, quien fuese venezolana, titular de la cédula de identidad No. 10.700.316. Advirtiéndosele a las oficinas pagaderas respectivas,.....