esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que la Ley le confiere, declara: Admisible el Recuso de Apelación interpuesto por el ABG. CRUZ GRATEROL ROQUE, plenamente identificado, en su condición de Defensor Privado del ciudadano JESÚS ALBERTO FERRER LOBO, previamente identificado, contra auto publicado por el Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, el día 12 de octubre de 2010, en el asunto IP01-S-2004-003692, seguido por presenta comisión de los delitos de Homicidio Intencional Calificado y Porte Ilícito De Armas, previstos y sancionados en los Artículos 408 numeral 1° y 278 del Código Penal (reformado), resolución esta que decretó la privación judicial preventiva de libertad al mencionado imputado.