Niños Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA DISUELTO EL VÌNCULO MATRIMONIAL que unía a los Ciudadanos ARMANDO JESUS CHIRINO COLINA y MAGALYS COROMOTO NAVA, titulares de las cédulas de identidad Nº V-4.173.316 y V-9.516.788, respectivamente contraído en fecha 26 de Septiembre del Año 1990, por ante la Jefatura Civil de la parroquia Punta Cardon, Municipio Carirubana del estado Falcón la cual corre inserta bajo el acta Nº 167, del libro de Registro civil de Matrimonios llevados en ese Despacho. De conformidad con lo previsto en el Artículo 351 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, en concordancia con el Artículo 360 ejusdem. En lo que respecta a la menor SE OMITE NOMBRE. Ambos padres ejercerán la Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza y en cuanto a la Custodia de la menor la ejercerá la madre, la ciu.....