este Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón ubicado en la ciudad de Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: CON LUGAR la solicitud Fiscal. Y en consecuencia Decreta Medida Cautelar sustitutiva de libertad con régimen de presentación periódica cada cuarenta y cinco (45) días, ante la sede de este Circuito Judicial Penal del estado Falcón, al imputado ROBERTO TORRES DIAZ, venezolano, titular de la cedula de identidad numero V.- 6.161.596, plenamente identificado en autos, por cuanto se encuentra presuntamente incurso en la comisión del delito APROVECHAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR PROVENIENTE DEL HURTO Y ROBO DE VEHICULO, previsto y sanciono en el articulo 9 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos, en perjuicio del Estado Venezolano.