En consecuencia, esta Corte de Apelaciones en Sala Unica del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, acuerda:
PRIMERO. Ordenar el traslado del penado MANUEL MARCANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.518.256, desde el Internado Judicial de la ciudad de Santa Ana de Coro, hasta el Hospital General "Alfredo Van Grieken", a los fines de que sea evaluado por los médicos de guardia y pueda aplicarsele el tratamiento a que haya lugar.
Dicho traslado deberá hacerse con todas las seguridades del caso, y deberá mantenerse la vigilancia permanente, durante el tiempo que se encuentre en el referido Centro Asistencial, cumplido el mismo, deberá ser reingresado al Internado Judicial de la ciudad de Coro, para su reclusión. Oficiese lo conducente. Dada, firmada y sellada, en la ciudad de Santa Ana de Coro, a los nueve dias del mes de julio de dos mil tres.
Año.....