En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Segundo de Juicio de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, ACUERDA y ORDENA el traslado interpenal del ciudadano ELIS OMAR LUGO MEDINA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 20.213.509, nacido en Coro, estado Falcón, en fecha 05-12-89,, domiciliado en La Velita II, 2-B casa N° 07, vereda 81, Coro, Estado Falcón, a quien se le sigue proceso Judicial por el delito de: HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACCION , previsto y sancionado en el articulo 406, Numeral 3 Literal A, en concordancia con el articulo 80, en su segundo aparte ambos del Código Penal, concatenado con los artículos 64 parágrafo Único de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a las Mujeres a una vida Libre de Violencia y 75 del Código Orgánico Procesal Penal, desde la Comandancia General de Policía del estado Falcón, hasta el Internado Judicial de Carabobo, Tocuyito, donde perm.....