el Tribunal la admite cuanto ha lugar en derecho para ser ventilada por el procedimiento breve. En consecuencia, intímese a los Ciudadanos EMILIO OBERTO, OMAR TORRES, EVA ACOSTA, DEYANIRA ROJAS Y ALBERTO ROMERO, para que comparezca por ante este Tribunal el Primer (1er) día de despacho siguiente a que conste en autos su intimación, en cualquiera de las horas destinadas para despachar (8:30 a.m a 3:30 p.m), a dar contestación a la demanda, con la advertencia que una vez celebrado el acto de contestación o vencido que sea su lapso, se abrirá una articulación probatoria a tenor de lo dispuesto en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil. Librese recaudos de Intimación con anexo de copia certificada de la solicitud y entréguese al ciudadano Alguacil de este Tribunal a los fines de que practique la citación ordenada. Dch.-
LA JUEZA TEMPORAL:
ABG. CECILIA L. HANSEN FANEITE.
LA SECRETARIA TIT.
ABG. DENNY CUELLO